Toluca, Estado de México.- Durante muchos años el Sindicato Nacional de Redactores de la Prensa (SNRP), ha impulsado los acuerdos con sus pares tendientes a lograr para los periodistas de la entidad mexiquense una iniciativa de Ley de Protección Integral al Ejercicio Periodístico del Estado de México y han sido muchas reuniones, foros, platicas y finalmente parecía que se veía la “luz al final del tunel” cuando la diputada Azucena Cisneros, presentó una iniciativa ante el Pleno de la LX legislatura local (el 25 de abril de 2019).
Pasaron los meses y aparentemente estaba congelada, pese a
la actividad que habían mostrado los periodistas de la entidad, afortunadamente
ahora el pasado 6 de agosto de 2020 la confirma, la legisladora Azucena
Cisneros, durante la reunión de trabajo
de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y del Comité Permanente
de Comunicación Social de la 60 Legislatura, en la que las y los diputados
coincidieron en la urgencia de aprobar esta ley.
Por ese motivo desde el SNRP aplaudimos plenamente estas
acciones y como siempre ponemos a disposición de los compañeros de la
entidad, todos nuestros archivos e
iniciativas, que como alguien dijo han
servido para hacer diferentes documentos y la aportación de todos será básica
en esta nueva etapa de consolidación de la Ley de Apoyo a los periodistas,
Muchas han sido las aportaciones del SNRP y podemos decir con orgullo que nosotros fuimos los primeros que presentamos una iniciativa de Ley de Apoyo a la Actividad Periodística en el 2005, por conducto de Alejandro Olivas, entonces secretario general de la Delegación 35 en Toluca y por cierto la subió a la tribuna el diputado Felipe Rodríguez Aguirre, en la LV Legislatura del Estado de México, posteriormente luego de innumerables reuniones se han logrado plasmar algunas otras, en donde siempre hemos participado.
Es loable el interés de los poderes Ejecutivo y Legislativo
del Estado de México por incluir en su agenda
la normatividad en materia del ejercicio de las libertades de Expresión,
Prensa e Información y en particular por
reconocer la importancia pública del ejercicio periodístico, libertades y
derechos que representan pilares
fundamentales de la democracia.
Sabemos que el Derecho a la Información, desde el punto de vista doctrinario, lo podemos ubicar como un derecho
instrumental que nos sirve para ejercer
el resto de los derechos humanos
reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
y la propia del Estado de México, sin olvidar aquellos establecidos en los
Tratados Internacionales de los que México es parte.
El devenir histórico de los Derechos Humanos, tanto
universal como regionalmente, nos ha demostrado que es insuficiente
reconocerlos, mujeres y hombres de toda sociedad requieren de
instrumentos que garanticen esos derechos y
desde esa perspectiva, el Congreso mexiquense debe plantearse los
trabajos que lo lleven a legislar en la materia del ejercicio de las referidas
libertades y el quehacer periodístico”.
Desde el SNRP compartimos con los diputados estos textos que fueron elaborados al
interior de nuestro sindicato con la
intervención del Comité Ejecutivo Nacional y donde también participó Víctor
Arrazola, destacado periodista. “En la Procuraduría General de la República
(PGR), existe la Fiscalía Especial de Atención a Delitos cometidos contra la
Libertad de Expresión (FEADLE), misma que tiene la facultad constitucional,
desde al Artículo 73, de atraer los
delitos del fuero común cometidos en contra de la libertad de expresión,
facultad que abre la puerta para que esta institución, con voluntad política,
empiece el difícil trabajo, pero necesario y urgente, para combatir la
violencia contra periodistas,
Esa violencia en contra de trabajadoras y trabajadores de
medios de comunicación llevó a la sociedad civil organizada a emprender los trabajos para elaborar
una iniciativa de ley de protección a persona defensoras de derechos
humanos y periodistas, misma que fue
sometida a la discusión y aprobación del Congreso de la Unión.
La protección de periodistas en situación de riesgo por su
trabajo profesional, no podrá ser garantizada si no se cuenta con un mecanismo
de protección, un ente gubernamental que diseñe políticas públicas,
metodologías, estándares, protocolos, indicadores especializados para tal fin.
De lo contrario nos enfrentaremos a fracasos como el ocurrido en el Estado de
Morelos, que junto con Veracruz, son los
dos únicos estados que tienen en operación sus respectivos mecanismos o
comisiones de protección, pero con resultados que dejan mucho que desear.
En una ley de esta
naturaleza se deben incluir elementos que permitan aspirar a la reglamentación
de la publicidad institucional, un tema políticamente inviable en el país.
Este recuento de ausencias y requerimientos tiene la
finalidad de ver más allá de un compromiso político de discutir y aprobar una
ley, no se debe perder de vista, que el ejercicio periodístico, solo coadyuva a
ejercer el Derecho a la Información, porque el Estado es el responsable de
garantizarlo.
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